La publicidad de las cuentas anuales de las empresas

Tomando como referencia que en España las cuentas anuales de las empresas son públicas. Ello quiere decir que cualquier ciudadano interesado en conocerlas solo tiene que acudir al Registro Mercantil y solicitar la fotocopia previo pago de su importe, alrededor de 10 o 12 euros.  También en otros países al igual que Europa como RD las cuentas anuales incluyen el Balance, la Cuenta de Pérdidas y Ganancias, el Estado de cambios en el patrimonio neto, el Estado de flujos de efectivo y la Memoria del ejercicio.

Es de suma importancia  en cualquier país la publicación de estos estados  que ofrecen información a todos los sectores comerciales que se nutren a la hora de buscar referencias contables que le sirva de apoyo para la toma de decisiones en el momento de invertir en determinados negocios.

En la República Dominicana existen varias leyes:

La Ley 200-4 dice que “Toda persona tiene derecho a solicitar y a recibir información completa, veraz, adecuada y oportuna, de cualquier órgano del Estado Dominicano, y de todas las sociedades anónimas, compañías anónimas o compañías por acciones con participación estatal”.

La Ley 479-08 rige la publicación y otros temas para las sociedades comerciales y empresas individuales.

Y en su artículo 14, se especifica que el acceso a la información es gratuito en tanto no se requiera la reproducción de la misma.

Las empresas estatales son las que publican sus estados de forma anual para justificar ante el pueblo sus gastos.  Se reconoce que solo las grandes empresas que comercializan internacionalmente tienen a la luz pública sus estados al día como lo exigen las normas financieras internacionales con el interés de cotizar en bolsas, para lograr este objetivo invierten mucho dinero en auditoria externas.

Las cuentas anuales deben  estar redactadas con claridad y deben mostrar una imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y los resultados de la empresa cumpliendo con las disposiciones legales citadas en las leyes.

Fuente de ayuda:

http://www.hrafdom.com/system/data_files/media_library/editor_files/File/SP/newsletter/00092179.pdf


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