La Publicidad de las Cuentas Anuales de las Empresas
En nuestro país, el derecho a la información es considerado como un derecho fundamental del individuo, reconocido en el Art. 8 de la y en los tratados internacionales sobre derechos humanos de los cuales República Dominicana es signataria, tales como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Interamericana sobre Derechos Humanos.
Las cuentas anuales de todas las oficinas públicas del Estado Dominicano, sociedades anónimos, compañías anónimas o compañías por acciones con participación estatal. La información solicitada podrá ser entregada en forma personal, por de teléfono, correo ordinario, certificado o también correo electrónico, o por medio de formatos disponibles en la página de Internet que al efecto haya preparado la administración a la que hace referencia el Artículo 1 de esta ley.
Uno de los mayores referentes en esta materia es el Índice de Percepción de la Corrupción de Transparencia Internacional. En 2004, cuando se aprobó la Ley 200-04, esta medición otorgaba a República Dominicana un índice de 2.9 que la situaba en la posición 87 de 145, siendo el rango más bajo (es decir el número uno) el correspondiente a los países con menor percepción de la corrupción, y el más alto (número 145) el que designa a los países en que este flagelo se percibe con más fuerza.
En 2011 el país obtuvo un índice de 2.6 y pasó a ocupar la posición 129, en un caso en que la peor posición era la número 182.
Aunque aumentó la cantidad de posiciones incluidas en el ranking, se observa claramente que durante los últimos años República Dominicana ha venido alejándose del centro de la medición para acercarse a la punta de las naciones con mayor percepción de la corrupción.
Con esta ley se obtienen derechos reconocidos tales como:
El derecho de acceder a las informaciones contenidas en actas y expedientes de la administración pública.
La libertad de buscar, solicitar, recibir y difundir informaciones pertenecientes a la administración del estado.
Formular consultas a las entendidas y personas que cumplen funciones públicas, pudiendo obtener copia de los documentos requeridos.
En mi opinión personal con referencia a las informaciones de la empresa es un a practica excelente que las empresas publicas en Republica Dominicana expongan las informaciones completa y oportunas, ya que estas de algún modo facilitan los documentos escritos, fotografías y grabaciones, las personas que requieran de esta información para fines de estudio, investigación, presentación de tesis, gastos y presupuesto.
Esta no es una ley para engavetarla es una ley para aplicarla. Esta ley se cumplirá cada vez que usted solicite la información que requiera.