Los Credit Default Swaps (CDS)

El CDS, en español, Permuta de Incumplimiento Crediticio, es un producto derivado crediticio. Los derivados de crédito son contratos financieros bilaterales, OverTheCounter (OTC),  por los cuales una de las partes busca cubrirse del riesgo de crédito de un determinado instrumento.

Estos derivados se materializan mediante un contrato swap o de permuta financiera, sobre un préstamo o bono. El comprador de la permuta realiza una serie de pagos, los spread, y a cambio recibe de éste una indemnización en caso de impago. Es como una póliza de seguro, sin embargo, no hace falta que el comprador de la CDS haya incurrido en la compra real de deuda, este tipo de compra se denomina naked, y significa que estás apostando por el impago de la deuda.

Un ejemplo de cómo afectan una incorrecta gestión de este tipo de derivados es la crisis financiera de American International Group (AIG), que culminó con la nacionalización de la entidad aseguradora por parte de la Reserva Federal Americana. Esta crisis fue propiciada por la enorme exposición que tenía la entidad aseguradora al mercado hipotecario. Ahora paso a explicar qué comercializaba AIG y cómo entro en la crisis financiera.

En primer lugar, las entidades que concedían hipotecas, vendían sus derechos de cobro a Bancos de Inversión, como Goldman Sachs entre otros. Estos bancos de inversión, combinaban estas hipotecas con otros productos para crear lo que se denominaron productos estructurados, los CDO’s con calificación AAA por parte de las agencias de rating, que luego vendían a  inversores y que cuando hacían efectivos los derechos de cobro, repartía el beneficio entre sus inversores. Hasta aquí todo va bien siempre y cuando las personas a las que se les ha concedido la hipoteca paguen  en caso de impago (fueran solventes y capaces de afrontar los pagos, o las casas se siguieran revalorizando en caso de impago. A los prestamistas, como rápidamente vendían los derechos de cobro de las hipotecas, no les importaba la capacidad real de la persona, concediendo hipotecas a personas de dudoso perfil crediticio, lo que aumentaba el riesgo de sobremanera, por lo que empezaron a aumentar el riesgo concediendo hipotecas a personas de dudosa capacidad de pago.

Aquí es donde entran en escena AIG y los CDS’s. AIG vendía seguros de impago hipotecario, que para los inversores era un auténtico seguro contra el riesgo de impago, sin embargo también podían comprar los CDS’s especuladores para apostar contra productos financieros que no poseían recibiendo la misma indemnización que la gente que si poseía el activo financiero.  Esto no planteaba un problema siempre y cuando las personas hipotecadas pagaran  los préstamos o las viviendas siguieran revalorizándose.

Sin embargo, en 2008, los mercados empezaron a especular con que las viviendas estaban muy por encima de su valor real, a lo que se sumó que los hipotecados dejaron de responder a sus obligaciones, no pudiendo cumplir con las amortizaciones de los préstamos. Esto llevó a AIG a tener que hacer frente a pagos que no pudo realizar  a aquellas personas que habían contratado los CDS’s, ya que no existía regulación para los CDS’s y AIG no estaba obligada a tener provisiones para hacer frente a los pagos.

 


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