Propiedad intelectual en Colombia

La patente es un privilegio que le otorga el Estado al inventor como reconocimiento de la inversión y esfuerzos realizados por éste para llegar a la invención que aporta una solución técnica a la humanidad. Dicho privilegio consiste en el derecho a explotar exclusivamente el invento por un tiempo determinado.

a. El Organismo regulador de la propiedad intelectual en Colombia es la Superintendencia de Industria y Comercio adscrito al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo

SIC

• La Superintendencia de Industria y Comercio es la única oficina nacional competente para tramitar y decidir las diferentes solicitudes que tienen que ver con la Propiedad Industrial, Patentes, Diseños Industriales y Marcas.

• Según el Decreto 1687 del 14 de mayo de 2010, son funciones de la Superintendencia de Industria y Comercio relacionadas con la propiedad intelectual:

1. Asesorar al Gobierno Nacional y participar en la formulación de las políticas en todas aquellas materias que tengan que ver con la protección al consumidor, promoción y protección de la competencia, propiedad industrial y las demás áreas propias de sus funciones.

34. Administrar el sistema nacional de la propiedad industrial y tramitar y decidir los asuntos la relacionados con la misma.

37. Impartir, instrucciones en materia de protección al consumidor, protección de la competencia, propiedad industrial y en las demás áreas propias de sus funciones, así como fijar los criterios que faciliten su cumplimiento y señalar los procedimientos para su cabal aplicación.

b. Proceso de registro de una patente en Colombia

La Superintendencia de Industria y Comercio y la Delegatura de Propiedad Industrial, han diseñado e implementado la “Guía Interactiva de Trámite de Marcas y Patentes”, que permite conocer y seguir cada uno de los pasos del trámite que se deben cumplir para la presentación y seguimiento de las solicitudes de marcas y patentes hasta su concesión, incluyendo la renovación en el caso de las marcas y el mantenimiento en el caso de patentes.
El URL es el siguiente: http://www.sic.gov.co/en/c/document_library/get_file?uuid=4f32e137-ac69-4d4c-8089-a08f3c44261e&groupId=10157

• Documentos para una solicitud de patente:
­ – Un formulario único de solicitud de patente al que se denomina petitorio.
­ – Resumen de la invención.
­ – Una o más reivindicaciones que precisen la materia para la cual se solicita la protección.
­ – La descripción del invento.
­ – Figuras o dibujos, de ser estos necesarios.
­ – Comprobante de pago de la tasa establecida.
­ – Otros documentos:
­ – Comprobante de pago por reivindicación adicional (por más de 10)
– Si se presenta por intermedio de un abogado debe presentarse el poder otorgado a éste.
­ – Si la solicitud la hace una empresa, se necesita el certificado de existencia y representación legal
­ – El documento en el que conste la cesión del inventor a la empresa que solicita la patente o a la persona
natural cuando ésta sea diferente del inventor.
­ – Copia del contrato de acceso, cuando la invención ha sido obtenida a partir de recursos genéticos o de
sus derivados.
­ – Copia de autorización de uso de conocimientos tradicionales de comunidades indígenas, afroamericanas o
locales, cuando la invención ha sido obtenida a partir de dichos conocimientos.
­ – Certificado de depósito del material biológico.

• Pasos para el Trámite de una Patente en Colombia – Descripción de las etapas del trámite:

Proceso_SIC_Patente

c. Identificar otras fórmulas y las analogías y diferencias si es que estás existen en vuestro país, tales como Patentes de invención o Modelos de utilidad u otros.

En Colombia, la Propiedad Industrial se clasifica en:
1. SIGNOS DISTINTIVOS: marcas, lemas comerciales, denominaciones de origen.
2. CREACIONES INDUSTRIALES: pueden protegerse a través de 3 mecanismos (patentes, diseños industriales y secretos industriales).

Para el caso de las patentes, existen dos alternativas de protección: una es la patente de invención y la otra es de modelo de utilidad.
– Patente de invención: se otorga al producto o procedimiento nuevo que brinda una forma novedosa de hacer algo, pero que además soluciona de manera técnica un problema o necesidad. Se conceden por 20 años.
– Patente de modelo de utilidad: Cuando se realizan adaptaciones a un invento existente para mejorar su funcionamiento, utilización o fabricación. Se conceden por 10 años.

Aspectos comparativos entre países relacionados con Patentes:

¿En qué países se pueden patentar los usos y los segundos usos?
En Colombia, así como en Ecuador, Perú y Bolivia no es posible patentar los segundos usos, de acuerdo con la Decisión 486 CAN Artículo 21.- Los productos o procedimientos ya patentados, comprendidos en el estado de la técnica, de conformidad con el artículo 16 de la presente Decisión, no serán objeto de nueva patente, por el simple hecho de atribuirse un uso distinto al originalmente comprendido por la patente inicial. En Chile, Argentina y Venezuela tampoco son patentables los segundos usos
En México es posible patentar los segundos usos (Artículo 19 Ley de Propiedad Industrial) al igual que en Panamá (Artículo 11 Ley N° 35 Disposiciones sobre la Propiedad Industrial).

• Para solicitar una patente en otro países, el interesado debe solicitar la patente en cada país donde desee obtener protección o presentar una solicitud de patente por vía del Tratado de Cooperación en materia de Patentes PCT, donde, mediante una única solicitud puede iniciar el trámite en cualquier país que hace parte del tratado (más de 100 incluyendo Colombia).

Fuentes: Superintendencia de Industria y Comercio – http://www.sic.gov.co
http://www.brlatina.com/es/ (B&R Latina – Trademarks & Patents Colombia)


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