La Publicidad de las Cuentas Anuales de las Empresas
Las cuentas anuales de cualquier empresa deben ser presentadas con claridad, mostrando la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la empresa, en República Dominicana se han creado dos leyes para regir la publicidad de las cuentas anuales de las empresas: La Ley 497-08 y la Ley 200-04. Ley 497-08, “Ley General de las Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada”, las instituciones privadas deben preparar su gestión anual que incluye, entre otras cosas, estados financieros, inversiones, adquisiciones propias, etc., sin embargo, no están obligadas a publicar estos reportes. Ley No. 200-04: General de libre acceso a la Información pública, dice, toda persona tiene derecho a solicitar y a recibir información veraz y oportuna, de cualquier órgano del Estado Dominicano.
Al final de cada ejercicio económico, la empresa debe elaborar sus cuentas anuales: el Balance, la Cuenta de Pérdidas y Ganancias y la Memoria. Estos tres documentos forman una unidad y su elaboración debe tener como objetivo prioritario, ofrecer la imagen fiel del patrimonio de la situación financiera y de los resultados de la empresa. Sin embargo en República Dominicana desde mi criterio las informaciones que deben estar contenidos en estas publicaciones se publican de forma generalizada, no entrando estos en detalles de los activos, pasivos, patrimonio y de las transacciones de la institución.
A mi entender en la República Dominicana no existe un organismo estatal que publique la deuda pública consolidada y los datos de deuda de las distintas instituciones están dispersos. La Dirección General de Crédito Público (DGCP) publica la deuda del gobierno central, principalmente. No parece reflejar la totalidad de la deuda de algunas corporaciones públicas no-financieras. Por otro lado, la deuda del sector público financiero sólo se encuentra en los Estados de Situación de las diferentes entidades financieras estatales, que están dispersos y muchas veces incompletos.
Las mayorías de las empresas privada dominicanas, solo declaran sus finanzas a través de DGII y sus páginas de Internet, sin ninguna ley que lo exija publicar sus cuentas, con todo el nivel de detalle que se merecen.
Ventajas que poseen las empresas que publican sus cuentas.
- Demuestra su transparencia.
- Conocimiento real de su situación como empresa.
- Se demuestra con su publicación que no está evadiendo impuesto.
- Oportunidad de la realización de un análisis de debilidades al realizar expediente que evidentemente pueden mejorarse.
- Conocimiento de la información económica sectorizada.
- Conocimiento del nivel de endeudamiento de cada sector y la oportunidad de re direccionar recursos para la viabilidad de dicho sector.
La publicación de las cuentas anuales le da un nivel de transparencia a las empresa que, ciertamente contribuyen a establecer ventajas antes las demás empresas que dejan de hacer este ejercicio, nunca antes vi un artículo basado en este tema pero, ahora después de tener que indagar en los apuntes digitales me he dado cuenta de muchas cosas de la que ya le he expresado, no todas las empresas publican sus cuentas y las gran mayoría de las que lo hacer no presentan la imagen correcta de sus cuentas, con esto me refiero a que no dan todos los detalle establecido para una presentación anual de cuentas.
http://www.oas.org/juridico/spanish/mesicic3_repdom_ley200.pdf
http://www.bancentral.gov.do/transparencia/Ley_200-04.pdf
http://www.portaldelciudadano.gov.do/?p=385