La Publicidad de las Cuentas Anuales de las Empresas

Las cuentas anuales son informes contables que expresan la situación financiera de una empresa. Estas deben ser presentadas con claridad y apego a las normativas legales vigentes. La información obtenida a través de esta rendición de cuenta nos otorga un mejor escenario para la toma de decisiones a corto y largo plazo.

En República Dominicana existen dos leyes que rigen la publicidad de las cuentas anuales: La ley 497-08 y la Ley 200-04.

La Ley 497-08 es una guía que establece la forma en que las empresas deben asentar sus operaciones contables. Las mismas deben estar acorde a la institución encargada para estos fines en nuestro país (El Instituto de Contadores Públicos Autorizados de La República Dominicana).

La Ley 200-04 es la ley general de libre acceso a la información pública la cual establece que: “Toda persona tiene derecho a solicitar recibir información completa, veraz, adecuada y oportuna de cualquier órgano del Estado Dominicano, y de todas las sociedades anónimas, compañías anónimas o compañías por acciones con participación estatal”

Esta última ley está limitada a las instituciones públicas por lo que se valora en gran medida cuando las empresas privadas también hacen ejercicio de la misma, abriendo sus puertas sin temor a mostrar información sobre su situación patrimonial. Esta actitud además genera confianza a sus socios, clientes, proveedores y demás interesados.

Lo que se busca en estas cuestiones es que el ejercicio claro y licito sea el norte de las instituciones tanto públicas como privadas y evitar en la medida de lo posible que la corrupción (presente en ambos sectores) tengan más oportunidades de ser implementada.

Mi Punto de vista

Las cuentas anuales deben ser publicitadas por las empresas, tanto en el plano publico como privado.

En el caso personal seria grandioso poder acceder  la información personal de la empresa donde laboro por ejemplo, para saber como manejan los fondos y si realmente lo que dicen se corresponde con su contabilidad………. en este año no habrá bonos!!……….y porque? que ha pasado??

Para el caso de que la competencia pueda ver información sobre el negocio entiendo puede no sea beneficioso, sin embargo, una estrategia de negocios no solo se basa en el aspecto económico.

Por otro lado, en cuanto al sector publico se refiere es penoso ver como los administradores del Estado en ocasiones hacen uso irracional de los recursos económicos del gobierno en beneficio propio, muchas veces saliendo impunes aun habiéndose detectado las irregularidades que cometen y siendo sometidos a la justicia. Esto se produce por una falta de transparencia en el ejercicio de sus funciones; no han tenido una rendición de cuentas clara.

En el caso del sector privado entiendo también es necesario la publicación de las cuentas anuales, ya que la falta de transparencia puede dar lugar mas que nada a una competencia desleal en detrimento de la parte que se maneja bajo las legislaciones correspondientes. Esto suele verse mucho  por ejemplo en el sector construcción, donde el lavado de activos tiene gran presencia en el mercado y al producirse un crecimiento desproporcionado de la oferta vs demanda se genera un aumento de la inflación.

La corrupción administrativa es uno de los males mas comunes que afecta a los países a nivel general, sobretodo en los que están en vía de desarrollo. El narcotrafico, lavado de activos, enriquecimiento ilícito, usurpación de fondos  y otras cuestiones de este tipo suelen verse con frecuencia en empresas publicas y privadas cuyos países tienen un sistema de justicia débil y políticas que aunque suelen estar muy bien expresadas en papel no son aplicadas con frecuencia.

En la medida que se impongan con mayor vigor este tipo de legislaciones mencionadas (Ley 497-08 y Ley 200-04 para el caso de República Dominicana) y sus sanciones por incumplimiento tendremos mas garantía de alcanzar un crecimiento sostenible a corto y  largo plazo de nuestra economía.

Omar A. Garcia

Nota:

Fuentes  bibliográficas

Ley General de las Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, No. 479-08

Ley General de Libre Acceso a la Información Pública, No. 200-04.


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