Publicidad de las Cuentas Anuales.

Las cuentas anuales muestran una visión de la situación patrimonial, financiera de las empresas comprendidas por el Balance, la Cuenta de Pérdidas y Ganancias, el Estado de Cambios en el Patrimonio Net, el Estado de Flujos de Efectivo y la Memoria. Las informaciones suministradas dentro de las publicaciones de las cuentas anuales deben ser fiables, integras y claras.

En la República Dominicana existen  dos leyes que rigen la publicidad de las cuentas anuales de las empresas:

Ley 497-08:

Esta ley en el artículo 31 establece la forma de asentar las operaciones en el registro contable  de acuerdo a la institución  encargada  para estos fines el instituto de Contadores Públicos Autorizados de la República Dominicana, generando información que permite la preparación adecuada  de las cuentas anuales.

Ley 200-04:

Esta ley indica que toda persona tiene derecho a solicitar y a recibir información completa, veraz, adecuada y oportuna, de cualquier órgano del Estado Dominicano, y de todas las sociedades anónimas, compañías anónimas o compañías por acciones con participación estatal, incluyendo:

a) Organismos y entidades de la administración pública centralizada;

b) Organismos y entidades autónomas y/o descentralizadas del Estado, incluyendo el Distrito Nacional y los organismos municipales.

c) Organismos y entidades descentralizadas del Estado.

d) Empresas y sociedades comerciales propiedad del Estado.

e) Sociedades anónimas, compañías anónimas y compañías por acciones con participación estatal.

f) Organismos e instituciones de derecho privado que reciban recursos provenientes del Presupuesto Nacional para la consecución de sus fines.

g) El Poder Legislativo, en cuanto a sus actividades administrativas.

h) El Poder Judicial, en cuanto a sus actividades administrativas.

 

Algunos pros y contras  de la Publicidad de las Cuentas Anuales.

 

Pros:

 

Contras:

 


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