Cuentas anuales de las empresas sean públicas

La transparencia en las instituciones merece mucha importancia para saber sobre la salud de los negocios en este caso la financiera y en lo personal considero que es una buena práctica, ya que una entidad que debe rendir cuentas para presentar sus avances debe estar abierta y hacer demostrar su legitimidad sin sombras. Esta práctica realizada en España da poder a la sociedad a conocer y saber sobre estados de cuenta de empresas permite saber estados incluso como vigilancia no solo a la sociedad en general y comprobar la legitimidad de negocios y el avance económico que se presenta, lo cual veo bien.

Entre mi opinión sobre el caso citare una frase que capto mí atención mientas me documentaba sobre acceso público a cuentas de empresas:

“La transparencia es esencial para que la información financiera de la empresa sea fiable y que cumple con las leyes establecidas”. Anny Peláez
http://es.slideshare.net/JavierRivera31/blog-sobre-las-cuentas-anuales-en-rep-dom
Debo expresar que en República Dominicana estamos avanzando en base al acceso a estados de cuentas empresariales más en el ámbito de instituciones públicas que privadas. Y que esto se logra en su totalidad para todas las empresas será un paso adelante para como sociedad, disminuyendo inclusive los negocios ilegítimos. Que nuestra población y autoridades se interesen por estos temas nos hará más maduros como equipo de bien y preocupado por el bien común.

Las cuentas anuales de cualquier empresa deben ser presentadas con claridad, mostrando la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la empresa, de conformidad con las disposiciones legales.

En República Dominicana se han creado dos leyes para regir la publicidad de las cuentas anuales de las empresas: La Ley 497-08 y la Ley 200-04.
La ley 497-08 es una guía que da un giro importante a la forma de hacer negocios en mi país, República Dominicana. El articulo 31 en una de su secciones establece la forma de asentar las operaciones en el registro contable de acuerdo a la institución encargada para estos fines el Instituto de Contadores Públicos Autorizados de la República Dominicana, generando información que permita la preparación adecuada de las cuentas anuales y todo lo concerniente a la parte financiera de la empresa. De aquí que las empresas privadas de nuestro país deban hacer públicas su información financiera.
Ley No. 200-04: General de libre acceso a la Información pública, establece que: Toda persona tiene derecho a solicitar y a recibir información completa, veraz, adecuada y oportuna, de cualquier órgano del Estado Dominicano, y de todas las sociedades anónimas, compañías anónimas o compañías por acciones con participación estatal, incluyendo: a) Organismos y entidades de la administración pública centralizada; b) Organismos y entidades autónomas y/o descentralizados del Estado, incluyendo el Distrito Nacional y los organismos municipales; c) Organismos y entidades autárquicos y/o descentralizados del Estado; d) Empresas y sociedades comerciales propiedad del Estado; e) Sociedades anónimas, compañías anónimas y compañías por acciones con participación estatal. f) Organismos e instituciones de derecho privado que reciban recursos provenientes del presupuesto nacional para la consecución de sus fines. g) El Poder Legislativo, en cuanto a sus actividades administrativas. h) El Poder Judicial, en cuanto a sus actividades administrativas.

En síntesis estoy de acuerdo con el acceso público a empresas estatales y privadas.

 

Saludos,

Isel Rivas

 

 


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