Cada vez más digitales

El próximo 1 de enero de 2011 entra en vigor el Real Decreto 1363 /2010 de 29 de octubre por el que se regulan supuestos de notificaciones y comunicaciones administrativas obligatorias  por medios electrónicos en el ámbito de la agencia estatal de administración tributaria.

Desde esa fecha, determinados tipos de entidades ya no podrán recibir notificaciones en papel y se harán únicamente por vía telemática. Estas entidades disponen de poco menos de mes y medio para prepararse para este cambio.

Las entidades obligadas al cambio son:

  1. Sociedades anónimas
  2. Sociedades limitadas
  3. Entidades sin nacionalidad española
  4. Uniones temporales de empresas
  5. Agrupaciones de interés económico
  6. Agrupaciones de interés económico europeas
  7. Grandes empresas
  8. Entidades en el régimen de consolidación fiscal
  9. Entidades en el régimen especial de grupos de entidades
  10. Entidades inscritas en el registro de devolución mensual
  11. Entidades que tengan una autorización en vigor del departamento de aduanas e impuestos especiales

Estas empresas tienen que disponer obligatoriamente de los siguientes medios

tecnológicos:

Para poder recibir las notificaciones telemáticas hay que seguir los siguientes pasos:

Como veis, la administración ha publicado ya los supuestos de notificaciones,  para muchos no será una sorpresa, pero para nosotros en nuestra labor de asesoría será un paso mas (obligado) hacia la digitalización en las pymes, una cultura que desde la EOI todos conocemos e impulsamos. Espero que no solo tenga repercusión legal/ fiscal (recaudación / tributación) sino que sea el punto definitivo de inflexión hacia la modernización de los autónomos y micropymes y, cómo no, hacia la simplificación de barreras administrativas por parte de las administraciones públicas.

Fernando Pimentel

Profesor EOI de Iniciativa Emprendedora


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